Formación Profesional Básica

¿Qué es la Formación Profesional Básica?

La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa crea los ciclos de Formación Profesional Básica dentro de la Formación Profesional del sistema educativo.
Su objetivo es doble:

  • Facilitar la permanencia de los alumnos y las alumnas en el sistema educativo y
  • Ofrecerles mayores posibilidades para su desarrollo personal y profesional.

Estos ciclos de Formación Profesional Básica, además de proporcionar una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, contribuyen a la adquisición de las competencias del aprendizaje permanente para proseguir estudios de enseñanza secundaria postobligatoria. El título que s eobtiene de Auxiliar o Ayudante

Estructura y organización

Duración: 2.000 horas, equivalentes a 2 cursos académicos.

Están compuestos por los siguientes Módulos Profesionales:

  • Módulos asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
  • Módulos asociados a competencias del aprendizaje permanente:
    • Módulo de Comunicación y Sociedad I y II
    • Módulo de Ciencias Aplicadas I y II
  • Módulo de Formación en Centros de Trabajo
Título Profesional Básico
  • El alumno o la alumna que supere un ciclo de Formación Profesional Básica obtendrá el Título Profesional Básico correspondiente a las enseñanzas cursadas, con valor académico y profesional y con validez en todo el territorio nacional.
  • El Título Profesional Básico permitirá el acceso directo a los ciclos formativos de grado medio.
  • El Título Profesional Básico tendrá los mismos efectos laborales que el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el acceso a empleos públicos y privados.

PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:

El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:

  • Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
  • Haber cursado el primer ciclo  ( 3º de ESO) de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
  • Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica y un Consejo Orientador favorable a dicha incorporación.

Puedes consultar en este enlace, las condiciones de acceso en Navarra para el curso 20-21

Y en este otro la Oferta_202122_FPB-TP-1