¿Qué es la Formación Profesional Básica?
La Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa crea los ciclos de Formación Profesional Básica dentro de la Formación Profesional del sistema educativo.
Su objetivo es doble:
- Facilitar la permanencia de los alumnos y las alumnas en el sistema educativo y
- Ofrecerles mayores posibilidades para su desarrollo personal y profesional.
Estos ciclos de Formación Profesional Básica, además de proporcionar una cualificación de nivel 1 del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, contribuyen a la adquisición de las competencias del aprendizaje permanente para proseguir estudios de enseñanza secundaria postobligatoria. El título que s eobtiene de Auxiliar o Ayudante
Estructura y organización
Duración: 2.000 horas, equivalentes a 2 cursos académicos.
Están compuestos por los siguientes Módulos Profesionales:
- Módulos asociados a unidades de competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
- Módulos asociados a competencias del aprendizaje permanente:
- Módulo de Comunicación y Sociedad I y II
- Módulo de Ciencias Aplicadas I y II
- Módulo de Formación en Centros de Trabajo
- El alumno o la alumna que supere un ciclo de Formación Profesional Básica obtendrá el Título Profesional Básico correspondiente a las enseñanzas cursadas, con valor académico y profesional y con validez en todo el territorio nacional.
- El Título Profesional Básico permitirá el acceso directo a los ciclos formativos de grado medio.
- El Título Profesional Básico tendrá los mismos efectos laborales que el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria para el acceso a empleos públicos y privados.
PARA CURSAR UN CICLO DE FP BÁSICA SE NECESITA:
El acceso a los ciclos de Formación Profesional Básica requerirá el cumplimiento simultáneo de las siguientes condiciones:
- Tener cumplidos quince años, o cumplirlos durante el año natural en curso, y no superar los diecisiete años de edad en el momento del acceso o durante el año natural en curso
- Haber cursado el primer ciclo ( 3º de ESO) de Educación Secundaria Obligatoria o, excepcionalmente, haber cursado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria.
- Haber propuesto el equipo docente a los padres, madres o tutores legales la incorporación del alumno o alumna a un ciclo de Formación Profesional Básica y un Consejo Orientador favorable a dicha incorporación.
Puedes consultar en este enlace, las condiciones de acceso en Navarra para el curso 20-21
Y en este otro la Oferta_202122_FPB-TP-1